lunes, 18 de julio de 2011

Demanda de juicio Ordinario de mayor cuantía de los vecinos de Oballo contra la Bosna Asturiana

Demanda de juicio Ordinario de mayor cuantía  contra la Bosna Asturiana



El día 27 de octubre de 1924, es  presentada en el Juzgado de Cangas del Narcea por el Procurador Manuel Florez de Uria en representación de los vecinos de Oballo que a continuación se citaran  la demanda en juicio ordinario de mayor cuantía contra la Sociedad General de Explotaciones Forestales y Mineras “ Bosna Asturiana “ por la  Posesión judicial de los terrenos, exclusión de los mismos de la demarcación y extensión dada por esa Sociedad Bosna Asturiana al Monte de Muniellos, declaración de nulidad de las inscripciones, anotaciones y notas marginales que la Bosna Asturiana a hecho constar en los libros de Registro  de la Propiedad de este distrito Hipotecario.

La demanda del Pleito contra la Bosna, ocupa 38 folios por ambas caras, en donde el Procurador D. Manuel Florez de Uria y el abogado D. Jose Maria Díaz y López argumentan los fundamentos de Hechos y de Derechos en los que se basan la demanda objeto del Pleito, describen con todo lujo de detalles los pormenores, los atropellos, y todo tipo de argucias que utiliza la Bosna Asturiana para  hacerse con el trozo de terreno que nos atañe. Sirve demás como documento de enorme valor histórico, pues la demanda esta basada principalmente en la escritura de Transacción de 27 de noviembre  1795 entre los vecinos de Oballo y el Conde Toreno, Conde Miranda y Monjes Benedictinos de Corias, en ella se hace una descripción del enorme valor que tiene la citada escritura de 1795 que marca los limites de los montes del pueblo de Oballo y Vega del Tallo que hoy 10 de febrero de 2010 conocemos como los limites reales del Monte Oballo, exceptuando los comprendidos entre los puntos:

Peña del Connio, Fuente Sapera, Fuente de Ablaneda, Horreo de Otiellos,”

En esta zona el  deslinde lo conocemos actualmente  de la siguiente forma:

Peña del Connio, Horreo de Otiellos,”

Este punto fue aclarado al inicio de este libro, cuando se hace un estudio de la escritura de transacción de 1795 y se hace una descripción pormenorizada de los montes que la componen.

 Las sentencias al Juicio de mayor cuantía redeclarado por los vecinos de Oballo contra la Bosna Asturiana, así como la Providencia del Juez para llevar a cabo la Ejecución de la Sentencia, La Diligencia de Posesión realizada por el Alguacil del Juzgado de Cangas del Narcea y las cancelaciones e inscripciones realizadas en el Registro de la Propiedad, son documentos de enorme valor relativos a la Propiedad del Monte nº 16.387 denominado Monte Oballo. Ocupan un total de 11 folios escritos por ambas caras que merece la pena leer con detenimiento para saber la historia de monte y la lucha que por él llevaron cabo los propietarios.

Demandantes:

Vecinos de Oballo

1.      D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, Casa Perico,
2.      D. Ceferino Fernández Fernández, Casa Carbacho,
3.      D. Francisco Rodríguez Galán, Casa Botatal,
4.      D. Jose Fernández Menéndez, Casa Combo,
5.      D. Jose Rodríguez López, Casa Conde,
6.      D. Manuel Lago Rodríguez, Casa Trazas,
7.      D. Ramón Rodríguez Rigueras, Casa
8.      D. Manuel Lago Rodríguez, Casa Chiquito,
9.      D. Manuel Fernández García, Casa
10.  D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, - Casin - Casa Barrial,
11.  D. Manuel Rodríguez Michans, Casa Aumente,
12.  D. Emilio Rodríguez Rodríguez, Casa Castellana,
13.  D. Manuel Rodríguez Gómez, Casa El Rey
14.  D. Joaquín Collar Fernández, Casa Moirazo,

Vecino de La Pescal

15.  D. Manuel Álvarez Fernández, Casa Puente la Pescal.

Demandado:

Sociedad General de Explotaciones Forestales y mineras de Asturias, “Bosna Asturiana”.
           
La demanda esta apoyada en los siguientes HECHOS:

1.      En la escritura de Transacción de 1795 donde el entonces Conde Toreno, D. Joaquin Queipo de Llano y Valdes, reconoció no tener parte alguna ni derechos dentro de los términos deslindados y ser estos exclusivamente de los vecinos de Oballo.

2.      En la escritura de 1801, realizada entre el Conde Toreno y algunos vecinos de Oballo que representaban a todos los demás, donde se preciso bien el deslinde en algunas zonas donde daba lugar a errores en la zona de las Huergolas de Porciles.

Ortofoto del deslinde del primer monte que figura en la escritura de transación entre El Conde Toreno, La Condesa de Miranda los Monjes Benedictinos de Corias y los vecinos de Oballo y Vegas del Tallo año de 1795. Falta por añadir el trozo que hoy pertenece a Valdebois y a Combo (Pico del Connio, Fuente Supera, Fuente de Ablaneda y Horreo de Otiellos).



3.      Previo a un expediente Judicial de información posesoria tramitado en el Juzgado de Cangas del Narcea, los vecinos de Oballo inscribieron en el Registro de la Propiedad en el año 1985 los términos de la Antigua Aldea de Rocabo, en la vertiente contra el río de Moal. Acompañando dichas certificaciones de Registro, ( Registro de la Propiedad nº 16.387, 5 de noviembre 1895).

4.      Con el fundamento en la anterior inscripción los vecinos de Oballo vendieron el 21 de noviembre de 1895 las maderas del monte a D. Victor Barreaux Poirot.

5.      El 25 de marzo de 1902, se constituye en la villa de Gijon,  en forma legal  la Sociedad  “Bosna Asturiana”, creada por D. Victor Barreaux y otros 4 socios, y donde el Sr. Victor Barreaux, aporta a la citada sociedad el derecho de explotación que tiene comprado a los vecinos de Oballo en el citado monte, que deslindo y describió. D. Lucien Pierre Boire, aporta a la Sociedad la plena propiedad del Monte Muniellos, que deslindo y describió también.

6.      Se añade la escritura de ampliación del plazo a la Bosna Asturiana del 25 de marzo de 1909, por estar a punto de caducar el contrato de venta de 1895 que era por 15 años, marcando el nuevo plazo el 21 de noviembre de 1920.

7.      Certificación de la inscripción por nota de cancelación de las inscripciones de concesión y prorroga de la venta de madera que finalizo el 21 de noviembre de 1920.

8.      La sociedad Bosna Asturiana intenta por todos los medios conseguir antes de finalizar el plazo una nueva prorroga y al no conseguirla por que no les convendría a los vecinos, los representantes de la citada Sociedad comenzaron una serie de persecuciones ilegales contra algunos propietarios de Oballo y sus familias, denunciándolos los Guardas Jurados de la Bosna por considerar que habían cortado maderas después del 21 de noviembre de 1920 en determinadas zonas del Monte perteneciente a Muniellos, falseando los datos de las denuncias y  siendo detenidos por la Guardia Civil, encarcelados y procesados

D. Manuel Lago Rodríguez ( Casa Chiquito ).
D. Ceferino Fernández Fernández ( Casa Carbacho ).
D. Ceferino Rodríguez Martínez  ( Casa        ).
D. Manuel Rodríguez Rodríguez ( Casa  )….

Los cuales tienen sumarios pendientes y el Manuel Rodríguez Rodríguez dos sumarios pendientes,

9.      D. Manuel Rodríguez Rodríguez  y D. Ceferino Rodríguez Martínez denunciaron la cuestión prejudicial de propiedad ante el Juzgado, y  Don Joaquín Rodríguez Rodríguez alego su participación de  propiedad sobre los terrenos y para justificarlo presento ante la Audiencia Provincial Títulos de Dominio debidamente inscritos, pero estos expedientes van con mucha lentitud y la Bosna continuo arrasando los  montes de Oballo como si fuesen de su propiedad.

10.  Para estos atropellos, la Bosna utiliza un cúmulo de documentos inscripciones y deslindes hechos como le viene en gana a espaldas de la realidad actuado con total mala fé, variando los linderos del monte de Muniellos e incluso aportando incluso un acta firmada por el Conde de Toreno de la época, el 13 de marzo de 1923, es decir 20 años más tarde de vender el monte de Muniellos, en donde hace constar que se cometieron errores en los linderos y que aporta en la citada acta el deslinde y que es
“ y a Entrambos Picos y a la Vega del Pumar en la Sierra de Porciles, aguas vertientes y parte con la aldea de Oballo y de allí va por el Cerro de Peranzules o Porciles y Pico de las Huergolas de Porciles y Cordon de Valmayor y toma al Campo de la Armadiella y Fonte del Otero”.

Estos deslindes según el Conde Toreno fueron tomados de documentos antiguos, uno de una sentencia del año 1535 pronunciada por un tal Magallanes y la otra por una sentencia dada por Alonso de Llano sin nombrar ni tan siquiera el pleito.

Por si esto fuera poco aun en escritura de 29 de agosto de 1923 el Gerente de la Bosna otorga escritura de aceptación del acta del Conde de Toreno la cual modifica y aclara mas los límites como a él le viene en gana.



La anterior ortofoto, indica los limites del monte Muniellos presentados por la Bosna Asturiana en los autos del pleito contra los vecinos de Oballo, basados en una escritura  de Testimonio de Sentencia del año 1559 basada en una sentencia del año 1535 pronunciada por el anteriormente citado un tal Magallanes, y que aporta la Bosna con el beneplácito del Conde Toreno Contemporáneo, sin tener en cuenta que un antecesor suyo había firmado en el año 1795 una escritura de transacción, a favor de los vecinos de Oballo, de tres montes dentro de los cuales se encuentran los terrenos objeto del litigio.

Los límites del monte de Muniellos presentados por la Bosna Asturiana son los siguientes: 1. Pontigo de Rocabo , 2. Braña de Fuente Oteiro, 3. Pico Cabron, 4. Sierra de Chombon, 5. Pico Chombon, 6. Collado de los Frendalicos (hoy altos de la Viliella que dividen los montes de Muniellos, El Pueblo de Rengos, Laron y la Viliella), 7. Bobia de Rioseco(hoy Pioco Gubia), 8. Bobia de Teleyerba (hoy Peña Tejería) que divide con el Concejo de Ibias, 9. Cimera de Sesto Gordo, 10. Piedra de Valcarcel, 11. Bobia del Mortero, 12. Entrambos Picos, 13. Vega del Pumar, 14. Sierra de Perandules, 15. Pico de las Huergolas de Porciles (hoy Pico Valmayor), 16. Cordon de Valmayor, Campo de la Armadiella y Fonte de Oteiro donde se comenzó.



11.  Para no dejarse arrebatar lo que  es suyo los demandantes se ven forzados a proponer la demanda para revindicar la propiedad de los terrenos  comprendidos en la descripción según lo inscrito en el Registro de la Propiedad, solicitando la cancelación  de las inscripciones y anotaciones hechas por la Bosna Asturiana, anotando esta demanda en los libros de Registro de la Propiedad, al margen de las inscripciones del monte Muniellos hasta la Resolución definitiva de este Pleito.

12.   Debe de ser condenado el demandado por su mala fé y por su temeridad si se opone a tan justa demanda.

13.  No se celebra Juicio de Conciliación por no residir el demandado en el territorio de este Juzgado

Se establece la cuantía de este Juicio en 100.000 Pts.

             ( La demanda esta descrita en 13 folios escritos por ambas caras ).

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