sábado, 7 de abril de 2012

Compra del Prado del Regueiro a casa Botatal año de 1999


Compra del Prado del Regueiro a casa Botatal año de 1999
 ( Comienzo de la construcción de la plaza del Pueblo )

Cada pueblo de la geografia española esta identificado por la celebración de sus fiestas patronales, según se el tamaño del pueblo así será el grado de importancia de sus fiestas para los pueblos de los alrededores. Este hecho ocurre igual en las grandes ciudades como en los pequeños y recónditos pueblos de toda la geografia.


                                               Fiesta 2007
           
La celebración de las fiestas patronales de cada pueblo, son motivo para la reunión de familiares y vecinos de los pueblos de los alrededores.

En la mayor parte de los pueblos, los encargados de la organización de las fiestas eran los jóvenes que formaban la comisión de fiestas para tal evento. El despoblamiento de los pueblos afecto también a las comisiones de fiestas juveniles, llegado estas a desaparecer como en el caso de Oballo.

A partir de 1990, la organización de las fiestas de Oballo la retomo la gente mayor para evitar que se perdiese la tradición de la celebración de las fiestas patronales. Los miembros más activos de esta comisión de fiestas fueron:  Dolores López Rodríguez y Elias Rodíguez Coque de Casa Elias, Antonio Fernández Fernandez de Casa Carbacho, Manuel Rodriguez Rodriguez de Casa Casanueva, Nieves Fernández Fernández de Casa Conde, quienes recaudaban la cuota de dinero aportada por cada vecino y se encargaban de todos los preparativos, permisos, el montaje y la recogida de las instalaciones etc.
     Fiesta 2006

Durante los años en que participe en la comisión de fiesta de Oballo, jamás tuvimos perdidas económicas en la celebración del evento y en años posteriores me consta que tampoco hubo perdidas pues el presupuesto siempre iba en relación con la recaudación y se perseguía el mantenimiento de una tradición y no el animo lucrativo que perseguían algunos.

Este sistema de organización perduró hasta el año 2003 cuando entre varios vecinos se decide fundar la Asociación Socio- Cultural denominada Pena L’Ancanta, asociación sin animo de lucro cuyos fines son: el mantenimiento, la mejora y la recuperación de las tradiciones del pueblo, tratando de unir a todas aquellas personas que de una u otra manera tienen alguna relación con el pueblo. A partir de este año 2003 y hasta la fecha 2012, la fiestas las esta organizando la asociación Socio-Cultural Pena L’ Ancanta, pero este ya es tema de otro capitulo ………….


 Las fiestas patronales del pueblo de Oballo, siempre estuvieron envueltas en polemica por la falta de un sitio adecuado, que cumpliese unas minimas condiciones para realizar la fiesta. Las condiciones minimas que se exigian eran:
·      Que fuese llano,
·      que estuviese cerca de un punto de luz,
·      y que su lugar  complaciese al menos a la mayoria de los vecinos .

Después de vagar por varias zonas del pueblo como: El prado de la Corrada de Trazas, El prado de la Veiga de Castellana,  la Huerta de Trazas, El prado de Casa Combo, el prado de la Era el Fuero de Trazas, la huerta de Caniecho, el solar de la casa Fordalís etc.,

El buscar el lugar para la celebracion de la fiesta era sin lugar a dudas el que mas desavenencias provocaba a la hora de establecer el lugar de celebración de las fiestas por las desavenencias que había siempre entre algunos vecinos, provocando discusiones continuas, lo que generaba el tener que estar cambiando cada poco de ubicación lo que provocaba trastornos continuos a la organización. Este hecho provoco que en octubre del año 1999, varios vecinos decidieron comprar el prado del Regueiro que la casa del Botatal tenia en el regueiro y ceder su uso para la construcción de una plaza publica para el pueblo que entre otros menesteres se destinara a la celebración de las fiestas patronales, terminando así con los  problemas de su ubicación. 




El día 11 de octubre de 1999, se lleva a cabo la compra del terreno en la cantidad de 300.000 pts. que aportan de manera voluntaria y sin animo de lucro a razon de 15.000 pts. cada vecino participante, pasando a ser un terreno de propiedad  particular y en proindiviso de los mismos. Se realiza un contrato de compra del terreno que firman todos ellos en conformidad:

1.       D. Manuel Rodríguez, Casa Casanueva
2.       D. Manuel Rodríguez, Casa Aumente
3.       Dª. Nieves Rodríguez Casa Belarmino
4.       D. Jose Manuel Lago,  Casa Chiquito
5.       Casa Rouquiecho
6.       D. Carlos de Reguilon , Casa el Rey
7.       D. Luis Gomez, Casa Menendez
8.       D. Jose Gomez, Casa Caniecho
9.       D. Jose Rubio, Casa Benigna
10.    Dª. Maria Rodríguez, Casa Cristos ( Casa Abelina )
11.    D. Antonio Fernandez, Casa Carbacho
12.    Dª. Celia Lago, Casa Chiquito
13.    Dª. Rolindes Lago, Casa Chiquito
14.    D. Ovidio Marcos, Casa Botatal
15.    Dª. Blanca Lago, Casa Trazas
16.    D. Jose Maria Rodríguez,  Casa Barrial
17.    Dª. Nieves Fernandez, Casa Conde
18.    Dª. Dolores Lopez, Casa Elias
19.    Dª. Maria Reyes Garcia del Castillo, Casa La Fonte
20.    Apartamentos Oballo
21. Eloy Rodriguez Rodriguez, Casa Eloy



                                               Contrato de compra




El terreno comprado, corresponde a la finca catastral de referencia 33011A066002040000KT




En la foto del Sigpac, se aprecia la construcción de la plaza y el merendero dentro de los límites de la parcela.

Foto del Regueiro año 2004

Durante el primer año de comprado el terreno, se llevaron a cabo varias obras, subvencionadas en parte por la Administración. Se llevo a cabo:

·      El desmonte del terreno para su nivelación,
·      Se construyo una escollera para sustentar el terreno de la parte de arriba  y no hubiese desprendimientos.
·      Se construyo el palco para los músicos y
·      Se reparo la fuente publica, (se colocaron placas conmemorativas)

En los trabajos de construcción y adecuación de la zona participaron la gran mayoría de los vecinos

Su inauguración fue celebrada con una comida y una pequeña fiesta a la que asistieron algunas autoridades locales del momento.


Foto del Regueiro año 2004




Durante el invierno siguiente, la abundante lluvia combinada con la falta de permeabilidad del suelo de la zona provoco la concentración de bolsas de agua detrás de la escollera,  lo que la llevo a desmoronarse parcialmente, provocando un importante corrimiento de tierra en la parte alta.

La reparación de los daños ocasionados por el corrimiento de tierra eran basta problemática y costosa por las características del terreno, lo que llevo a que durante algunos años estuviese la escollera desmoronada en su parte central y la plaza cubierta en gran parte por el corrimiento de tierra provocado.

En el año 2003, con ayuda por parte de la Administración se pudo llevar a cabo la obra de reparación de la escollera.








sábado, 17 de diciembre de 2011

Cachinos de Obacho ( Belen Pena L' Ancanta 2011 )

El Belen fue realizado por la Asociación Pena L' Ancanta para el concurso de belenes organizado por APESA en las navidades del año 2011

1º Premio - Categoría A

Titulo :    " Los puentes de Belen "





La Asociación Socio - Cultural Pena L' Ancanta les desea una Feliz Navidad y un prospero año 2012

domingo, 11 de diciembre de 2011

Acta del Juicio de Conciliación celebrada entre Joaquín Rodríguez Rodríguez y los demás propietarios de los montes de Oballo y Vega del Tallo. 1941

El 27 de noviembre de 1941, se celebra en el Juzgado de Cangas del Narcea el acto de conciliación  acordado en la anterior providencia  del día 13 de noviembre, con el fin de dictar unas normas para el mejor uso y disfrute de los terrenos que forman los montes y terrenos comunes de Oballo u Vega del Tallo. 

Comparece como demandante:

D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, (el Rouquiecho), casado, mayor de edad y vecino de Oballo.

Y como demandados:

·      D. Francisco Rodríguez Galán, (casa Botatal),  viudo,
·      D. Manuel Collar Barrero, (Casa Moirazo) casado,
·      D. Antonio Alfonso Pasaron, (Casa el Rey), por si y como representante legal de su esposa D.ª Concepción Menéndez Menéndez,
·      D. José Rodríguez López, (Casa Conde), viudo,
·      D. Manuel Lago Rodríguez, casado,
·      D. Antonio Fernández Lago, (Casa Combo), casado
·      D.ª María Rodríguez Gómez, (Casa Barrial), viuda

Todos ellos mayores de edad y vecinos de Oballo.

·      D José Collar Rubio, (casa Antonon ), casado,
·      D.ª Ramona Rodríguez Martínez, viuda,

Mayores de edad, labradores y vecinos de la Vega del Tallo,  

·      D.ª Josefa Rodríguez Menéndez, viuda, mayor de edad y vecina de Cruces,

Todos ellos acompañados por el abogado  D. Noe Avello Morodo.

·      D. Manuel Álvarez Fernández, casado, labrador y vecino de Puente de la Pescal
Acompañado  por el abogado  D. Antonio Arce Díaz.

·      D. Manuel Rodríguez Michans, casado vecino de Oballo,
y
·      D. Gines Martínez Martínez Martínez, casado
·      D. Manuel Díaz Fernández, viudo
·      D. Enrique Florez  Cadenas, viudo
·      D. Antonio Fernández Díaz, casado,
·      D. Manuel Menéndez Martínez, soltero y
·      D José Fernández Martínez, soltero

Todos ellos labradores, mayores de edad y vecinos de Lartosa. Acompañados por el abogado D. Antonio Arce Díaz.

·      Y D. Ceferino Fernández Fernández, Carbacho, casado, mayor de edad y vecino de Oballo. Acompañado por el abogado Ramon Fernández Fernández

No compadecen en el Acta de Conciliación, a pesar de estar citados:
·      D. Ceferino Fernández Fernández
·      y D. Ramón Florez Regueras,

Ambos vecinos de Oballo,  tampoco comparecen

·      D. Joaquín Martínez  Gómez, viudo
·      D. Antonio Martínez Rodríguez, casado
·      D.ª Carmen Collar Fernández, viuda

Todos ellos vecinos de Vega del Tallo, y

·      D. Antonio Menéndez, casado y vecino de Posada de Rengos

 Oballo desde la Cuesta de Mofaces

Por el demandante se expone: Que a todos ellos les corresponde en común y proindiviso la finca denominada términos bravos  y montes del pueblo de Oballo, con una cabida de 1700 ha. aproximadamente, lindado al norte con términos de los pueblos de Larna y Posada de Rengos, sur con términos de Valdebueyes, concejo de Ibias, con monte de los Hermanos Velasco Herrero, anteriormente Conde Toreno. Se divide la citada finca en catorce partes, varas, heminas o porciones, que corresponden a todos ellos en la porción que se dirá a continuación,

Asimismo, son dueños de los montes y terrenos bravos del pueblo de Vega del Tallo, sitos en este termino con una cabida de 1700 ha. aproximadamente, que linda al norte con el pueblo de Lartosa y Vega del Tallo, sur términos de Valdebueyes, este términos de Oballo y oeste con el río de Vega del Tallo o río Cabreiro y aguas de la Carcabina, la finca se divide en 18 partes, heminas o porciones.

La participación que corresponde en dichas fincas a cada uno de ellos son las siguientes:

·      D. Francisco Rodríguez Galán, casa Botatal,  ¾  de 1/14 y ¾ de 1/18
·      ¿“Joaquín Rodríguez Rodríguez 3/14 ,…1/8 de 1/18…?y ¾ de 1/18  y ½ de 1/8 de 1/18 y en la segunda finca, ½ de 1/8 de1/18”.
·      D. Manuel Collar Barrero, Casa Moirazo, 1/14 y 1/18
·      D. Manuel Rodríguez Michans,  Casa Aumente, 1/7 de 1/14 y 1/7 de 1/18
·      D. ª. Concepción Menéndez Menéndez, Casa el Rey, 1/14 y 1/18
·      D. Manuel Rodríguez Rodríguez Casa Castellana,  2/7 de 1/14 más 1/8 de 1/14 y 2/7 de 1/18 más ½ de 1/8 de 1/18.
·      D. Ceferino Fernández Fernández, Casa Colas, 1/14 y 1/18
·      D. JOSE Rodríguez López , Casa Conde, 1/14 y 1/18
·      D. Manuel Lago Rodríguez 1/14 y 1/18
·      D. Antonio Fernández Lago, Casa Combo,  1/14 y 1/18
·      D. Ramón Florez Regueras ¼ de de ½ de 1/14
·      D.ª María Rodríguez Gómez, Casa Barrial, 1/14 y 1/18
·      D. Ceferino Fernández Fernández (Carbacho) 1/14 y 1/18
·      D. Manuel Álvarez Fernández  Casa Puente de la Pescal, ¼ de 1/12 de 1/14
·      D. JOSE Lago Martínez, 1/14 y 1/18

A los vecinos de la Vega del Tallo:

·      D. Joaquín Martínez Gómez, Casa Bartuelo, 1/18
·      D. Antonio Rodríguez Martínez, Casa Lindiano1/18
·      D. JOSE Collar Rubio, ¾ de 1/18, Casa Antonon
·      D. ª. Carmen Collar Fernández, ¼ de 1/18
·      D.ª Ramona Rodríguez Martínez, de 1/14 y 3/7 de 1/18
·      D.ª María Rodríguez Menéndez, de Posada de Rengos, Casa Manolon de Posada de Rengos 1/7 de 1/14 y 1/7 de 1/18
 Y los vecinos de Lartosa tienen entre todos ellos ½ de 1/18

Por el presente acto de Conciliación el que lo promueve D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, propone para un mejor uso y disfrute de los terrenos comunes así como la conservación de las pocas madera de arbolado existentes, las siguientes normas:

Primera: Cada parte de las catorce en que se dividen los terrenos bravos del monte de Oballo, solo podrá llevar a pastar catorce cabezas de ganado vacuno, sesenta cabezas de ganado lanar, sesenta cabezas de ganado cabrio y dos cabezas de ganado caballar, lo que podrán llevar a cabo en cualquier época del año: entendiéndose que si una parte se las catorce, tuviese representada por dos o tres o mas, titulares, solo podrán llevar a pastar los ganados a los que se hace referencia por cada parte de las catorce.

Segunda: Cada parte de las catorce partes en que se dividen los indicados montes y terrenos bravos, solo podrán extraer veinticuatro carros de leña seca o muerta durante el año, entendiéndose que dichos veinticuatro carros  se computaran para este acuerdo, los que se lleven de cualquier punto de los expresados montes y terrenos bravos y que solamente una parte, aunque se halle representada por varias personas podrá llevar dichos veinticuatro carros al año.


Chano Sardon

Tercera: Que ninguna parte de las catorce referidas y por consiguiente ninguna de las personas que represente parte de una de las catorce partes podrá cortar árboles en dichos montes y terrenos bravos pertenecientes a la comunidad, a no ser para la construcción  o reedificación de su casa, para lo que cortara únicamente lo necesario, dando cuenta de ello a los demás participes.

Cuarta: Que cuando algún trozo de dichos terrenos bravos se quiera reducir a cultivo temporal o perpetuamente se efectuar previamente entre las catorce partes entre los que esta dividido los expresados términos bravos.

En cuanto a la finca términos bravos y comunes del pueblo de Oballo y  Vega de Tallo D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, considera que se puede aplicar la misma normativa expresada para el monte de Oballo, a excepción, del numero de cabezas de ganado que se debe de modificar en los siguientes términos: se podrá llevar a pastar 16 cabezas de ganado vacuno, cien cabezas de ganado cabrio y seis cabezas de ganado caballar, mular o asnal.
Valle de Cabreiro

Por todo ello, D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, solicita a los demandados que aprueben las anteriores normas para un mejor uso, disfrute y aprovechamiento de los terrenos comunes y de conformidad de los demandados, se prorratee entre ellos y el accionante en relación a su participación los gastos de esta conciliación y si no estuviesen conformes, se de por terminado el acto sin avenencia.

Por los demandados acompañados por el abogado Noé Avello Morodo, se contesta:

“Que están de acuerdo con las reglas expuestas por el actor y las prueban en todas sus partes.”

Por los demandados acompañados por el abogado Antonio Díaz Arce, se contesta:

“Respecto a los vecinos de Lartosa, que están conformes con los acuerdos, siempre que se les deje pastar sus ganados como hasta ahora, y los demás están conformes con las bases expresadas, aprobándolas en todas sus partes.”

            Por el demandado Ceferino Fernández Fernández, Carbacho, se contesta:

“Que no esta conforme con las bases establecidas por el actor por …. “


Que existiendo mayoría absoluta, quedan aprobadas las anteriores reglas y obligatorias para todos los coparticipes de los indicados montes y términos bravos.

El Sr. Juez, visto lo cual dio por terminado este acto en avenencia en cuanto a los conformes, sin avenencia en cuanto a los no conformes y por intentado sin efecto en cuanto a los no comparecidos, dando por terminada la misma, firmándola con los comparecientes que expresan saber, después de mandar expedir el testimonio solicitado dando fe del mismo.


La presente entrada se transcribió tal y como aparece en el documento del acta de Conciliación celebrada en 27 de noviembre de 1941, en algunas tramos en los que figuran las comillas o los signos de interrogación, no se puede precisar con exactitud  los datos concretos a los que se refiere, por lo que se omiten.

Penon de Valmayor visto desde el Chano Sardon

sábado, 26 de noviembre de 2011

Solicitud de Juicio de Conciliación de Joaquín Rodríguez Rodríguez contra los demás propietarios de los montes Oballo y Vega del Tallo


El 13 de noviembre de 1941, D. Joaquín Rodríguez Rodríguez, (el Rouquiecho), solicita ante el Juzgado de Cangas del Narcea una Acto de Conciliación con todos los demás propietarios de los montes y terrenos bravos del pueblo de Oballo y Vega del Tallo, con el fin de dictar unas normas para el mejor uso y disfrute de los terrenos que forman los montes.

Solicita acto de Conciliación

·      Con:

D. Francisco Rodríguez Galán, viudo, Manuel Collar Barrero, casado, D. Manuel Rodríguez Michans, casado, D. Antonio Alonso Pasaron, por si y como representante legal de su esposa Dª Concepción Menéndez Menéndez, D. Manuel Rodríguez Rodríguez, casado, D. Ceferino Fernández Fernández, casado, D. José Rodríguez López, viudo, D. Manuel Lago Rodríguez, casado D. Antonio Fernández Lago, casado, D. Ramón Florez Regueras, casado, Dª María Rodríguez Gómez, viuda, D. Ceferino Fernández Fernández, carbacho, D. José Lago Martínez, casado casado, vecinos de Oballo,

·      Con:
Joaquín Martínez Gómez, viudo, D. Antonio Martínez Rodríguez, casado, D. José Collar Rubio, casado, Dª Carmen Collar Fernández, viuda, D. Ramón Martínez Rodríguez, viudo, vecinos de Vega del Tallo,      

  • Con: 
D. Josefa Rodríguez Menéndez, viuda, vecina de Cruces,

·      Con:
 D. Antonio Menéndez por él y como representante legal de su esposa Dª María Rodríguez Menéndez, vecinos de Posada de Rengos,

·      Con:
 D. Manuel Álvarez, casado, vecino de Puente de la Pescal,


·      Con:  
D. Manuel Díaz Martínez, D. Gines Martínez Martínez, D. Manuel Díaz Fernández, D. Enrique Florez Cadenas, D. Antonio Fernández Díaz, D. Manuel Menéndez Martínez, D. José Fernández Martínez, vecinos de Lartosa,

Todos mayores de edad sobre toma de acuerdos y dictar reglas para el mejor uso aprovechamiento y disfrute de los terrenos bravos y comunes del pueblo de Oballo y Vega del Tallo, todo ello con mas detalle se expondrá en el acto de conciliación.

viernes, 18 de noviembre de 2011

El Centro de Interpretación de Muniellos, 2000


El Centro de Interpretación de Muniellos

En 16 de mayo de 2000, los vecinos de Oballo ceden al Ayuntamiento de Cangas del Narcea los terrenos necesarios para la construcción de un Centro de Interpretación de Muniellos en la zona conocida como el Comarón.

Los vecinos realizan la cesion de los terrenos al Ayuntamiento de Cangas del Narcea, en dicho documento los vecinos manifiestan su conformidad y ceden el uso de los terrenos que han sido solicitados por el Ayuntamiento y la Consejería de Medio Ambiente para la instalación del citado centro, a cambio el Ayuntamiento de Cangas del Narcea como contrapartida accede a:

·        Agilizar la dotación de alumbrado en el pueblo de Oballo.
·        Financiar el Ayuntamiento la parte de las obras que en actuaciones similares asignan los vecinos

En el documento de cesión de los terrenos, los vecinos  ceden los terrenos conforme a las siguientes estipulaciones:

  1. Cesión de los terrenos para la construcción del edificio, aparcamiento, e instalaciones auxiliares del Centro de Interpretación así como la de aquellos terrenos necesarios para la ejecución de las obras de abastecimiento  de agua, luz y teléfono, no excediendo en ningún caso los 15.000 m2  de superficie de ocupación .

  1. La cesión se realiza por tiempo ilimitado siempre que cumpla la finalidad pública para la que se realiza el equipamiento (Centro de Interpretación de la Naturaleza de Muniellos).

  1. Las inversiones a ejecutar en los terrenos se realizaran en un plazo máximo de 5 años desde la fecha de la cesión.

  1. Los vecinos por medio del representante serán informados cuando lo demande del proceso de desarrollo del proyecto, disponiendo de un ejemplar cuando este esté aprobado.

  1. La cesión se realizara de forma gratuita sin contraprestación económica o de otra índole.


  1. La cesión no implica transferencia ni renuncia alguna a la plena titularidad dominical de los terrenos la cual continuará siendo de los firmantes.

A pesar de lo expuesto en el artículo 5, como contraprestación a la cesión de los terrenos el ayuntamiento se comprometió a poner en el pueblo el alumbrado publico de forma inmediata, haciéndose cargo de todos los gastos que pudiera llevar, hasta entonces el proyecto del alumbrado público era costeado por los vecinos de cada pueblo.

Foto publicada en la Nueva España, acta de inauguración del Centro de intepretación
En la Foto de derecha a izquierda El Consejero de Medio Ambiente, Herminio Satre; Antonio Fernandez, de Casa Carbacho Oballo; El Alcalde de Cangas del Narcea, Jose Manuel Cuervo; El Presidente del Pricipado, Vicente Alvarez Areces; El alcade de Moal Grabiel; el Director de Recursos Naturales Victor Vazquez.


El día 31 de mayo de 2003 el presidente del Principado de Asturias, D. Vicente Alvarez Areces inaugura  el Centro de Interpretación de Muniellos en compañía de El Consejero de Medio Ambiente Herminio Sastre, El Alcalde de Cangas del Narcea Jose Manuel Cuervo y numerosos vecinos de los pueblos de Oballo y Moal

Por otro lado la Consejería de Medio Ambiente se comprometió a echar un riego de aglomerado en la pista de Oballo que pasa por Arvichales y el centro de Interpretación  hasta Rocabo (conocida como la pista de arriba) y reparar la existente entre Oballo y Moal por la Beiciecha modificando determinadas zonas de la misma para aminorar la pendiente existente, ensanchar algunas zonas como La Pena la Garza, Peneo la Beiciecha, hormigonar la curva de La Peña la Garza y mejorar el pavimento echándole una nueva capa de aglomerado.